Derecho Especial de Giro (DEG)

El DEG es un activo de reserva internacional creado en 1969 por el FMI para complementar las reservas oficiales de los países miembros. Su valor está basado actualmente en una cesta de cuatro grandes monedas, a las que se le sumará el renminbi chino (RMB) el 1 de octubre de 2016. El DEG se puede intercambiar por monedas de libre uso. Al 30 de noviembre de 2015 se habían creado y asignado a los países miembros DEG 204.100 millones (equivalentes a unos US$285.000 millones).

La función del DEG

El DEG fue creado por el FMI en 1969 como una reserva internacional complementaria en el contexto del sistema de paridades fijas de Bretton Woods. Los países que participaban en este sistema necesitaban reservas oficiales—tenencias del gobierno o el banco central en oro y monedas extranjeras de amplia aceptación— que pudiesen ser utilizadas para adquirir la moneda nacional en los mercados cambiarios, de ser necesario, a fin de mantener su paridad cambiaria. Pero la oferta internacional de dos activos de reserva fundamentales —el oro y el dólar de EE.UU.— resultaba inadecuada para apoyar la expansión de los flujos comerciales y financieros internacionales que estaba teniendo lugar. Por consiguiente, la comunidad internacional decidió crear un nuevo activo de reserva internacional con el auspicio del FMI.

Unos pocos años después de la creación del DEG, el sistema de Bretton Woods se derrumbó, y las principales monedas pasaron a regímenes de tipo de cambio flotante. Posteriormente, el crecimiento de los mercados internacionales de capital facilitó el endeudamiento de los gobiernos solventes y muchos países acumularon volúmenes significativos de reservas internacionales. Estos fenómenos redujeron la dependencia del DEG como activo de reserva mundial. Sin embargo, más recientemente las asignaciones de DEG de 2009, por un total de DEG 182.600 millones, desempeñaron un papel crucial para proporcionar liquidez al sistema económico mundial y complementar las reservas oficiales de los países miembros en medio de la crisis financiera mundial.

El DEG no es ni moneda ni activo frente al FMI. Más bien representa un activo potencial frente a las monedas de libre uso de los países miembros del FMI. Los tenedores de DEG pueden obtener estas monedas a cambio de sus DEG mediante dos operaciones: primero, la concertación de acuerdos de canje voluntario entre países miembros y, segundo, la designación, por parte del FMI, de países miembros con una sólida situación externa para que compren DEG a países miembros con una situación poco firme. Además de su función de activo de reserva complementario, el DEG sirve como unidad de cuenta del FMI y de algunos organismos internacionales.

La cesta de monedas que determina el valor del DEG

Inicialmente, el valor del DEG se definió como un valor equivalente a 0,888671 gramos de oro fino, que, en ese entonces, era también equivalente a un dólar de EE.UU. Tras derrumbarse el sistema de Bretton Woods en 1973, el DEG se redefinió en base a una cesta de monedas. Actualmente dicha cesta está integrada por el dólar de EE.UU., el euro, la libra esterlina y el yen japonés. El 1 de octubre de 2016 se les sumará el renminbi chino.

El valor del DEG, en términos de dólares de EE.UU., se determina diariamente y se publica en el sitio del FMI en Internet. Se calcula sumando determinados montos de cada una de las monedas de la cesta valorados en dólares de EE.UU., sobre la base de los tipos de cambio cotizados a mediodía en el mercado de Londres.

La composición de la cesta se somete a la revisión del Directorio Ejecutivo cada cinco años, o antes si el FMI determina que las circunstancias lo justifican, a fin de velar por que refleje la importancia relativa de cada moneda en los sistemas comerciales y financieros mundiales. En la revisión más reciente (noviembre de 2015), el Directorio Ejecutivo decidió que, a partir del 1 de octubre de 2016, el renminbi será considerado moneda de libre uso y será la quinta moneda que integre la cesta del DEG, junto con el dólar de EE.UU., el euro, la libra esterlina y el yen japonés.

En el examen de 2015 se adoptó también una nueva fórmula de ponderación, basada en el valor de las exportaciones de los emisores, el monto de las reservas denominadas en las respectivas monedas que forman parte de las tenencias de otras autoridades monetarias, el volumen de negociación en divisas, y los títulos de deuda internacionales y pasivos de bancos internacionales denominados en las respectivas divisas.

Las ponderaciones serán las siguientes: 41,73% para el dólar de EE.UU.; 30,93% para el euro; 10,92% para el renminbi chino; 8,33% para el yen japonés; y 8,09% para la libra esterlina1. Estas ponderaciones servirán para determinar el monto de cada una de las cinco monedas que se incluirá en la nueva cesta de valoración del DEG que entrará en vigor el 1 de octubre de 2016.
La próxima revisión actualmente está programada para que tenga lugar a más tardar el 30 de septiembre de 2021.

La tasa de interés del DEG

La tasa de interés del DEG constituye la base para calcular los intereses que se cobran a los países miembros que obtienen préstamos y los intereses que se pagan a los países miembros por el por el uso de sus recursos para la concesión depréstamos del FMI (no concesionarios). La tasa es asimismo el interés que se paga a los países miembros por sus tenencias de DEG y que se les cobran por su asignación de DEG. La tasa de interés del DEG se establece semanalmente y se basa en el promedio ponderado de las tasas de interés representativas de los instrumentos de deuda a corto plazo en los mercados de dinero de las monedas que integran la cesta de valoración del DEG.

Asignaciones de DEG a los países miembros

En virtud de su Convenio Constitutivo (Artículo XV, Sección 1, y Artículo XVIII), el FMI puede asignar DEG a los países miembros en proporción a sus cuotas. Dicha asignación ofrece a cada miembro un activo de reserva internacional incondicional que no le implica costo alguno. El mecanismo de DEG se autofinancia y aplica cargos sobre las asignaciones, que posteriormente serán utilizados para pagar los intereses sobre las tenencias de DEG. Si un país miembro no utiliza sus tenencias de DEG, los cargos serán iguales a los intereses recibidos. Sin embargo, si las tenencias de DEG de un país miembro superan el nivel asignado, este devenga intereses sobre el excedente, mientras que si mantiene un nivel inferior al asignado paga intereses sobre el déficit. El Convenio Constitutivo también permite la cancelación de DEG, pero esa disposición no se ha empleado nunca. El FMI no puede asignarse DEG ni puede asignárselos a otros tenedores autorizados.

El Convenio Constitutivo del FMI admite la posibilidad de prescribir que, además de los países miembros, sean autorizados como tenedores de derechos especiales de giro ciertos tipos de organismo oficial como el BPI, el BCE y algunos bancos regionales de desarrollo. Un tenedor prescrito puede adquirir y utilizar DEG en transacciones y operaciones con otros tenedores prescritos y miembros del FMI. El FMI no puede asignarse DEG a sí mismo ni asignárselos a tenedores prescritos.

Las asignaciones generales de DEG deben basarse en una necesidad mundial y a largo plazo de complementar los activos de reserva existentes. Las decisiones sobre asignaciones generales se toman por períodos básicos seguidos de hasta cinco años, aunque las asignaciones generales de DEG se han efectuado solo en tres ocasiones. La primera asignación, por un total de DEG 9.300 millones, se distribuyó en 1970-72; la segunda, por DEG 12.100 millones, se distribuyó en 1979–81; y la tercera, por DEG 161.200 millones, se efectuó el 28 de agosto de 2009.

Por otro lado, la Cuarta Enmienda del Convenio Constitutivo entró en vigor el 10 de agosto de 2009 y contemplaba una asignación especial y extraordinaria de DEG de DEG 21.500 millones. El propósito de la Cuarta Enmienda era permitir que todos los miembros del FMI participaran en el sistema de DEG de manera equitativa y corregir el hecho de que los países que ingresaron en el FMI después de 1981 —es decir, más de una quinta parte del total actual— nunca recibieron una asignación de DEG hasta 2009.

Tras la asignación especial y la general de 2009, el total acumulativo de DEG asignados ascendió a DEG 204.100 millones.

Compraventa de DEG

Los países miembros a menudo necesitan comprar DEG para cumplir con sus obligaciones ante el FMI. En otros casos, optan por venderlos para ajustar la composición de sus reservas. El FMI puede actuar como intermediario entre esos miembros y los tenedores autorizados para asegurar que los DEG se puedan cambiar por monedas de libre uso. Durante más de dos décadas, el mercado de DEG funcionó mediante acuerdos de intercambio voluntarios, en virtud de los cuales un grupo de miembros y un tenedor autorizado se ofrecían a comprar o vender DEG dentro de determinados límites establecidos en el marco de sus respectivos acuerdos. Después de las asignaciones de DEG de 2009, se ampliaron el número y el volumen de los acuerdos voluntarios para mantener la liquidez del mercado de DEG. El número de acuerdos de intercambio voluntario de DEG asciende en este momento a 32, incluidos 19 acuerdos nuevos desde la asignación de 2009.

Desde septiembre de 1987, las transacciones voluntarias han asegurado la liquidez de los DEG. Sin embargo, en caso de que no haya suficiente capacidad para los acuerdos de intercambio voluntarios, el FMI puede activar el mecanismo de designación, mediante el cual designa miembros con posiciones externas suficientemente sólidas para comprarles DEG a miembros con posiciones externas débiles a cambio de monedas de libre uso, hasta un monto determinado. Este mecanismo garantiza la liquidez y el carácter de activo de reserva de los DEG.

1 En agosto de 2015, la cesta del DEG establecida durante el examen de 2010 fue prorrogada hasta el 30 de septiembre de 2016. Las respectivas ponderaciones del dólar de EE.UU., el euro, el yen japonés y la libra esterlina eran 41,9%, 37,4%, 9,4% y 11,3% en ese momento.

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