I. Concepto
El confirming es un servicio de tipo administrativo-financiero, también conocido como “pago confirmado de proveedores”, “confirmación de pagos” o “factoring de proveedores”, por el que una entidad de crédito actúa como gestor en los pagos aplazados de una empresa a sus proveedores de bienes y servicios, pudiendo ofrecer también financiación tanto a la empresa que es su cliente como a los proveedores de ésta. Por tanto, en la operación podemos distinguir las tres figuras siguientes:
Emisor del confirming: cliente de la entidad de crédito que contrata el servicio, el cual busca simplificar y optimizar la gestión de sus pagos a proveedores, en adelante emisor.
Gestor del pago de las facturas pendientes: entidad de crédito.
Beneficiario del confirming: proveedor de la empresa emisora del confirming, en adelante beneficiario.
II. Opciones para el emisor
Por lo general, el emisor suele ser una empresa de cierta dimensión, solvente, con un volumen importante de pagos periódicos destinados a muchos proveedores, perfil que suele exigir la entidad de crédito para prestar el servicio. La entidad bancaria le cobra una comisión por la gestión administrativa de los pagos, la cual suele establecerse en función del número de órdenes de pago o de la cuantía de las mismas. Según el acuerdo que se pacte sobre el momento en el que se produce el abono de las facturas, se pueden distinguir las siguientes alternativas de confirming:
Confirming simple, donde el abono del emisor al banco gestor se produce el día de vencimiento de las facturas. Por lo general, se consideran vencimientos medios ponderados, puesto que la entidad financiera suele gestionar el pago de remesas compuestas por varias facturas con vencimientos diferentes.
Confirming de inversión, donde el abono del emisor al banco se produce con anterioridad al vencimiento de las facturas, deduciendo del pago un importe en concepto de descuento financiero (intereses) a favor del emisor.
Confirming de financiación, donde el abono del emisor al banco se produce en fecha posterior al vencimiento de las facturas, añadiendo al pago un importe en concepto de intereses de financiación, siendo la opción que otorga financiación al emisor del confirming.
III. Opciones para el beneficiario
Para el beneficiario del confirming este servicio presenta la posibilidad de anticipar sus facturas de ventas, cediendo los créditos correspondientes a favor del banco gestor “sin recurso”, es decir, quedando liberado de cualquier responsabilidad en caso de impago, situación en la cual el banco sólo podría reclamar el importe correspondiente al emisor del confirming. En términos operativos, la solicitud del anticipo se realiza mediante la firma de un contrato-respuesta que recibe el beneficiario, el cual cumple una doble función: notificar que la entidad bancaria, actuando como gestora de pagos del emisor, efectuará el desembolso de las facturas y, en base a dicha notificación, posibilitar el anticipo de las mismas o recibir su abono en la fecha de vencimiento pactada. Si la notificación incluye más de una factura, existe la posibilidad de anticipar sólo las que se deseen. Cuando hay una regularidad en la facturación, el banco suele dar a elegir entre un anticipo puntual de la factura o facturas reflejadas en el documento, o uno automático de todas las órdenes de pago futuras emitidas por el emisor. Este contrato-respuesta debe incluir el período límite para solicitar el anticipo, puesto que suele exigirse un mínimo de días hábiles antes del vencimiento de la factura, así como la operativa a seguir para anticipar el importe, que puede ser a través de correo postal, llamada telefónica, Internet, etcétera. El pago, a elección del beneficiario, suele realizarse a través de una de las vías siguientes:
Abonando el efectivo, una vez deducidos los correspondientes intereses y comisiones, en la cuenta que mantenga, en su caso, en el propio banco gestor.
Emitiendo a su favor un cheque bancario por el valor efectivo.
Ordenando una transferencia por el importe efectivo a la cuenta bancaria que desee.
El tipo de interés inicial de la operación suele acordarse entre la entidad financiera gestora del pago y el emisor del confirming, teniendo en cuenta tanto las características del sector correspondiente como las propias del beneficiario, aunque se suele dejar abierta la posibilidad de que el banco lo mejore. Con respecto a la comisión bancaria, normalmente consiste en un porcentaje sobre el importe nominal de la factura, aunque algunas entidades financieras la aplican sobre el importe que resulta tras deducir los intereses de dicho nominal.
También puede ocurrir que el beneficiario no desee anticipar el pago, situación en la cual lo más habitual es que el banco gestor remita, a su domicilio y a fecha de vencimiento, un cheque bancario por el importe total de la factura. En este caso, el beneficiario únicamente tendrá que esperar al vencimiento para recibir el cheque.
Las ventajas del 'confirming' para el beneficiario (proveedor-vendedor) son las siguientes:
Anticipo del importe de las ventas.
Rapidez en la concesión del anticipo, ya que las garantías las aporta el librado u ordenante (el comprador.
Incremento de su capacidad de endeudamiento, pudiendo prescindir de líneas de financiación para descuento comercial.
Incremento de su liquidez y mejora de su gestión financiera.
Puede incluso cobrar antes del vencimiento si hace uso de la oferta de anticipación de pago, o bien, cobrar en el momento del vencimiento.
Las ventajas para el ordenante o librado (comprador de la mercancía) son básicamente las siguientes:
Reducción de costes por reducción o eliminación de gestión interna de pagos. Es muy atractivo para empresas con muchos y diversificados proveedores, para las que tengan sistemas complejos de pagos, y para las que quieran alargar los pagos a proveedores.
Mayor poder de negociación con la entidad financiera con la que concierte el contrato, ya que al ofrecer un mayor volumen de negocio puede conseguir mejoras en otros aspectos.
Mayor prestigio ante proveedores, ya que les ofrece posibilidad de cobro seguro, pudiendo negociar mejor los precios de los proveedores.
Las ventajas para la entidad financiera son, básicamente, las siguientes:
Fidelización del mismo.
Incremento del volumen de actividad y negocio con el usuario.
Permite conocer a potenciales clientes (los beneficiarios) con posibilidad de captarlos.
Los inconvenientes del 'confirming' para el beneficiario (proveedor-vendedor) son principalmente los siguientes:
La modalidad con anticipo puede ser bastante costosa, incluso mayor que en el descuento comercial.
El anticipo y la posterior disponibilidad no puede ser efectivo hasta que el cliente notifique la orden de pago a la entidad de 'confirming'.
Los inconvenientes del 'confirming' para el ordenante o librado (comprador de la mercancía):
Supone renuncia a otros medios de pago (cheque, transferencia, etc.).
Necesidad de adaptarse a los sistemas operativos e informáticos de la entidad financiera.
Asunción completa de la garantía de la orden cursada.
Los inconvenientes para la entidad financiera son, en general, los citados seguidamente:
El coste, ya que son servicios de contratación individual dirigidos a clientes preferentes y, por tanto, el margen no es muy rentable.
En caso de anticipo y por mala fe del usuario la entidad puede resultar perjudicada ya que el 'confirming' es por definición 'sin recurso'.
Semejanza y Dieferencias entre el Descuento, el Factoring y La Confirmación de pagos |
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Descuento |
Fctoring |
Confirming |
Librador o Acreedor |
Vendedor o Proveedor
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Librado o Deudor |
Comprador |
Comprador (Generalmente empresa grande) |
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Cliente de la Entidad que presta el servicio |
Librador o vendedor Gestión de sus cobros |
Librado o comprador Gestión de sus pagos |
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Otros aspectos |
* El descuento es un "factoring incompleto” ya que si el librado no paga el banco le cobra al librador una comisión (cláusula "salvo buen fin”).
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* La entidad que presta el servicio intermedia y realiza el pago e incluso puede anticiparlo. |